Diversas empresas con actividades en línea advierten que la reforma al Código Fiscal, que exige el acceso total a plataformas, amenazas en la ciberseguridad, la privacidad y vulneración a los derechos humanos de los mexicanos.
La Asociación Mexicana de Internet A.C. (AIMX) escribió una carta en la que hace un llamado al Senado de la República a detener la aprobación del Artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación, esto dentro del marco del Paquete Económico 2026 que fue aprobado por la Cámara de Diputados.
El mencionado Artículo del Código Fiscal faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a otras autoridades fiscales para acceder de manera permanente, en tiempo real y sin orden judicial a bases de datos de plataformas digitales para supervisar el cumplimiento fiscal de acuerdo con la jurisdicción mexicana.
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Sin embargo, la asociación advierte que en la práctica esto instituye “un sistema de vigilancia masiva, vulnera derechos constitucionales, pone en riesgo la ciberseguridad nacional y amenaza la estabilidad del ecosistema digital mexicano”.
Entre los principales riesgos destacan violación al Artículo 16 constitucional, convenciones y tratados internacionales; vulnerabilidad en ciberseguridad al ampliar la superficie de riesgo entre sistemas gubernamentales y plataformas privadas; afectación económica, particularmente para las MiPyMEs que dependen del entorno digital; discriminación y desventajas entre las empresas digitales y las físicas, al imponer una carga y vigilancia que no tienen las empresas físicas; sanciones desproporcionadas; y posible incumplimiento a los compromisos adquiridos mediante el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), al imponer restricciones al uso y desarrollo del comercio electrónico.
En consecuencia, la AIMX propone una serie de alternativas que permiten fortalecer la recaudación y la supervisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales como:
Sustituir el acceso en tiempo real por mecanismos de auditoría selectiva y reportes periódicos, siempre con control judicial y criterios de proporcionalidad.
Limitar el acceso a información estrictamente fiscal, detallando con absoluta claridad el alcance de la norma y excluyendo datos personales o estratégicos de negocio.
Incorporar esquemas diferenciados para MiPyMEs, evitando cargas desproporcionadas y promoviendo la inclusión digital.
Establecer candados de seguridad cibernética y protocolos de protección de información conforme a las mejores prácticas internacionales.
🚨 El SAT dice que el #Artículo30B solo aplica al IVA.
— Asociación de Internet MX (@Asoc_InternetMX) October 23, 2025
❌ Falso.
El texto original del #PaqueteEconómico2026 busca acceso permanente y sin orden judicial a las bases de datos digitales.
La versión actual sigue siendo ambigua y riesgosa. pic.twitter.com/k3KUIXjocV
ONGs alertan violación a privacidad. El SAT dice que no es cierto
Esta no es la primera advertencia con respecto a la reforma al Código Fiscal, pues ya otras organizaciones no gubernamentales lanzaron advertencias sobre esta iniciativa.
La organización Artículo 19 aseguró que, aunque se señale que será "para el cumplimiento de las obligaciones fiscales”, es en realidad “un acto de molestia sin garantías de debido proceso y una interferencia descontrolada en el derecho a la privacidad”.
También señala que la sanción contemplada por dicho Artículo, es decir el bloqueo temporal del acceso al servicio digital que no cumpla con sus obligaciones fiscales, “se traduce en la potencial restricción de acceso y uso de determinadas plataformas digitales que las personas usuarias utilizan para informarse, comunicarse, expresarse y movilizarse”.
De forma similar, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) denunció que dicho bloqueo es incompatible con el derecho a la libertad de expresión, por ser una medida de censura por medios indirectos, es decir, “una medida que abusa de instrumentos diversos para interrumpir u obstaculizar la comunicación y la circulación de ideas y opiniones de forma indirecta”.
— SATMX (@SATMX) October 21, 2025
A pesar de eso, el SAT dice otra cosa. En una tarjeta informativa, aseguró que es totalmente falso que esta modificación tenga fines de espionaje digital para vigilar usuarios de plataformas que ofrecen servicios digitales. En su lugar, alega, “está enfocada solamente en la información fiscal de las plataformas, en materia de IVA, con el objeto de hacer más eficiente la recaudación en este sector y combatir la evasión de impuestos”.
Es en ese sentido que señala que el SAT nunca podrá acceder a la información de los usuarios o a la actividad que tengan en las plataformas.
Actualmente, la iniciativa está turnada al Senado de la República el cual alista la ruta legislativa para discusión y posible aprobación del dictamen.
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