Profeco aplaca a Totalplay: los clientes tienen derecho a mantener su plan original

La polémica de la Política de Internet Justo de Totalplay suma un nuevo capítulo luego de que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) revelara el diálogo que sostuvo con directos del proveedor de internet. La postura de la instancia fue la misma: no se puede cambiar el contrato unilateralmente.

Idris Rodríguez Zapata, Subprocurador de Telecomunicaciones en la Profeco, comentó que la unilateralidad de los cambios en el plan no son posibles ya que se requiere un consentimiento expreso de los clientes. Además, solicitó que en todo momento se informe clara y verazmente cuáles son los beneficios al momento de aceptar el nuevo plan.

Asimismo, se aclaró que las personas inconformes con el nuevo plan, deben continuar con el contrato original, o bien, cancelar sin que se les aplique ningún cobro o penalización en un plazo de 30 días superiores posteriores al aviso.

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Otro golpeteo que sufrió Totalplay es cuando Rodríuez Zapata explicó que, ante cualquier modificación al contrato de adhesión, el proveedor está obligado a realizar un nuevo registro ante Profeco.

Por si fuera poco, el Subprocurador recordó al proveedor lo establecido en el Artículo 195 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual los obliga a respetar “los precios, tarifas, garantías, penalidades, compensaciones, cantidades, calidad, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones de la prestación del servicio conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el usuario o suscriptor”.

Sin embargo, Totalplay también salió al ruedo. Durante el encuentro con Profeco argumentó que las nuevas medidas son para supuestamente inhibir el abuso de usuarios que revenden y redistribuyen, de manera ilegal, el servicio a terceros.

A pesar del argumento, Profeco les dio otra respuesta: no necesitas cambiar las medidas, pues sus propias políticas permiten la rescisión del contrato a aquellos consumidores que hagan uso ilegal de los servicios, tal como viene establecido en la cláusula 14, incisos C e I:

“TOTALPLAY podrá rescindir el presente contrato… (…)

c) Por el uso ilegal de los SERVICIOS CONTRATADOS.

i) Por subcontratar o comercializar los SERVICIOS CONTRATADOS”.

Profeco reiteró que vigilará que los derechos de los consumidores sea garantizado y reiteró el llamado a la ciudadanía a reportar al proveedor si llegara a incumplir el contrato.

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