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¿Censura en Puebla? El Congreso estatal aprueba polémica reforma que da cárcel a quien insulte en redes sociales


Aquella persona que cometa ciberasedio tendrá una pena de once meses a 3 años de prisión, así como una multa de 50 a 300 UMAs.

por: Carlos Daniel Martínez Carlos Daniel Martínez

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Si eres de Puebla, debes de tener más cuidado con lo que comentas en redes sociales. El Congreso del Estado aprobó recientemente una reforma su Código Penal que refuerza la ciberseguridad; sin embargo, ha sido objeto de críticas, ya que da cárcel y multa a quien insulte a través de las redes sociales.

El legislativo local avaló el pasado 12 de junio un dictamen propuesto por el morenista José Luis García Parra, actual coordinador de gabinete del Gobernador Alejandro Armenta, en donde se modifican y añaden artículos al Código Penal para tipificar el delito de usurpación de identidad, espionaje digital y ciberasedio.

La iniciativa contó con la aprobación de 35 diputados, mientras que hubo 5 votos en contra y una abstención. La diputada Laura Artemisa García Chávez aseguró que las reformas y adiciones están apegadas a derecho y buscan, en todo momento, proteger la seguridad y el bienestar de los y las poblanas.

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Subrayó que más allá de colores, el único compromiso es con la población, a través de leyes operativas que sirvan y evolucionen al ritmo de los delitos que enfrenta actualmente la sociedad, como son los ciberdelitos.

¿Qué dice la Ley de Ciberseguridad?

La iniciativa fue publicada el 13 de junio en el Periódico del Estado de Puebla, por lo que entró en vigor el pasado 14. En dicho documento, se detalla que se reforman fracciones del artículo 404 y se adiciona el artículo 258 Ter, 278 Decies, la fracción XXVI al 404, 479 y 480 del Código Penal del Estado.

En el artículo 480 define el delito de ciberasedio como aquella conducta en la que se utilizan las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital para insultar, injuriar, ofender, agraviar o vejar a otra persona “con la insistencia para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.

Aquella persona que cometa ciberasedio tendrá una pena de once meses a 3 años de prisión, así como una multa de 50 a 300 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en el momento de la comisión del delito. Por lo tanto, hoy en día, una multa por insultar en redes sociales significará en una multa de entre 5,657 y 33,942 pesos mexicanos.

Sin embargo, cuando la víctima es un menor de edad, la sanción aumentará desde una tercera parte de la pena mínima hasta dos terceras partes de la pena máxima.

La mencionada legislación también contempla otros delitos como espionaje digital, grooming y usurpación de la identidad. Con respecto al primero, podrá tener una pena de uno a tres años de prisión y una multa de 50 a 250 UMAs.

Para el caso del grooming, el artículo 278 decies lo define como cualquier uso de tecnologías de la información, comunicación y redes sociales para contactar a menores de edad y personas incapaces “con el propósito de crear un vínculo de confianza, para controlarlos emocionalmente o chantajearlos con fines sexuales”. Su castigo es de 15 meses a 5 años de cárcel, así como una multa de 70 a 500 UMAs, es decir hasta 56,570 pesos.

El artículo 259 Ter habla sobre la usurpación de identidad, un delito que generará una sanción de 6 a 8 años de prisión y una multa de 1,000 a 2,000 UMAs, cantidad equivalente a más de 226 mil pesos.

La reforma es censura, acusan organizaciones

A pesar del propósito por el que fue creada la ley de ciberseguridad, la iniciativa ha generado fuerte polémica por tratarse de un intento de censura contra los usuarios de Puebla.

La organización Artículo 19 alertó que el proyecto de decreto, ahora una realidad, violentan el principio de taxatividad en materia penal, y en su elaboración no han incorporado el expertise técnico de especialistas.

“Debido a estos factores, los delitos pueden ser utilizados contra la ciudadanía de manera arbitraria, particularmente personas periodistas y medios de comunicación”, detalló en un boletín.

Al respecto, la organización recordó que el acoso judicial, estrategia en la que se usa la normativa mexicana para iniciar procesos legales contra periodistas, es una tendencia a la alza. En Puebla, de 2018 a 2024, Artículo 19 documentó 22 procesos judiciales iniciados contra periodistas por sus publicaciones o investigaciones.

A pesar de que reconoce la importancia de la protección de los derechos de la ciudadanía en la esfera digital; sin embargo, precisó que “deben incorporarse los más altos estándares de libertad de expresión y de acceso a la información”.

Armenta llama a revisar la reforma

El Gobernador Alejandro Armenta solicitó a Laura Artemisa, presidenta en la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso a que se hagan foros en coordinación con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, periodistas, asociaciones de padres de familia, organizaciones de derechos humanos y colegio de abogados para analizar la Ley de Ciberseguridad.

Este mensaje fue respondido por Artemisa, quien dijo que recibió con interés su mensaje y atiene su llamado para atender a la ciudadanía.

“Anuncio que estarán realizándose diversas reuniones con diferentes sectores de la sociedad para revisar el impacto de la reforma a la ley, siempre teniendo como objetivo garantizar los derechos de libertad de expresión, pero también la responsabilidad ciudadana de cada persona, cuidando, como prioridad, a nuestras infancias y juventudes”, expuso en un boletín.

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