El uso de la voz de un célebre actor de doblaje para promocionar una elección destapó un debate que evidencia un vacío legal en México. A pesar de que el Instituto Nacional Electoral (INE) sucumbió ante la presión y eliminó los spots en los que se empleó la voz de José Francisco Lavat, generada por Inteligencia Artificial (IA), los actores de doblaje exigen por la regulación de esta tecnología.
Luego de que el tema escalara hasta Palacio Nacional, pues la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo habló sobre ello, el 16 de julio pasado se concretó una reunión entre el gremio del doblaje con instituciones como la Consejería Jurídica de la Presidencia, la Secretaría de Cultura y el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), entre otras.
Karina Luján, directora general de Indautor, aseguró en un video compartido por la Secretaría de Cultura que se presentará una propuesta con respecto a las demandas de los actores de doblaje y que también incluirá sugerencias del propio Instituto.
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Días después, el periodista César Huerta Ortiz del diario El Universal dio a conocer que, durante la segunda reunión, se llegaron a los primeros acuerdos para la regulación, las cuales contemplan cambios a la Ley Federal del Trabajo y la de Derechos de Autor.
El texto establece la modificación del título del Capitulo XI de la Ley Federal del Trabajo. En vez de llamarse “Trabajadores actores músicos”, ahora será “Trabajadores artistas intérpretes o ejecutantes”.
Esto es un primer paso para el gremio; sin embargo, mientras no esté asentado un decreto de ley o reforma, los actores de doblaje y artistas de otras disciplinas continúan transitando en un vacío legal que permite a la IA replicar sus voces.
El propio INE reconoció en un comunicado que, aunque emitió una serie de recomendaciones a través de un informe para manejo interno en el organismo, existe una falta de normatividad sobre la IA en México, un hecho que “representa un reto para las instituciones públicas”.
¿Regular la IA? Antecedentes hay, progreso no
México cuenta con un historial de propuestas para regular la Inteligencia Artificial. Lili Barba, actriz de doblaje y presidenta de la Asociación Mexicana de Locutores Comerciales (AMELOC), reveló a El Universal que tan sólo en este sexenio había unas 40 iniciativas que no habían prosperado.
Marisol García Segura, conocida artísticamente como Marisol Gasé, fue Diputada federal por Morena. El 6 de marzo de 2024, durante el sexenio de Andrés Manuel López Obrador, presentó una propuesta que reformaba los artículos 99 y 163 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
A pesar de proponer la integración de las voces de doblaje en el Registro Público del Derecho de Autor, la iniciativa fue desechada el 30 de agosto de 2024, debido a la culminación de la LXV Legislatura.
En abril de este año, el Diputado Paulo Emilio García, del Congreso de la Ciudad de México, entregó a la sede legislativa capitalina una reforma para regular la IA, misma que ha recibido el consenso por gran parte del gremio del doblaje, prosigue la nota de “El Gran Diario de México”.
El legislador morenista propone modificar la Ley Federal del Trabajo; la Ley Federal del Derecho de Autor; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; y la Ley Federal de Cinematografía.
A través de diversas adiciones y modificaciones a artículos de las leyes mencionadas, se sugiere otorgar el registro de la voz ante Indautor, así como restricciones en la autorización o prohibición del uso de la voz de una persona con o sin su consentimiento.
“La replicación de características fisiológicas, psicológicas o cualesquiera que se asocien a la identidad o reconocimiento de los artistas intérpretes o ejecutantes, que se realicen mediante herramientas computacionales de software o similares, deberán contar con la autorización escrita de los intérpretes o artistas ejecutantes”, versa el nuevo segundo párrafo del Artículo 117 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor.
O por ejemplo, la fracción XI del Artículo 14 de la Ley del Derecho de Autor, un apartado añadido por Paulo García, especifica que, entre aquellos materiales que no son sujetos a la protección como derecho de autor, están los “elementos visuales, sonoros, objetos digitales y cualesquiera elementos generados a través de software que implemente algoritmos de generación por medio de Inteligencia Artificial”, salvo los contemplados en el Artículo 111 de dicho texto legal.
Esta modificación en particular resuena a un precedente ya palpable en la jurisprudencia mexicana. A inicios de julio de este año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo contundente en la materia: los contenidos generados mediante la IA pertenecen al dominio público.
La Segunda Sala de la Corte, presidida por la Ministra Lenia Batres Guadarrama, negó un amparo al empresario Gerald García Báez, fundador y director general de Businessadvocacy, quien intentó registrar y reclamar los derechos patrimoniales de un avatar creado con IA.
La instancia de la Suprema Corte decidió no amparar ni proteger a García Báez, ya que asegura que un producto generado por una IA no es susceptible de registro, pues es sólo una “extensión de la capacidad creativa de la humanidad”, pero una IA no es creativa ni autónoma.
“Los productos de la IA son de dominio público por no ser una obra original y, en consecuencia, no son registrables, ya que se basan en conocimientos previos que tiene en su conjunto la humanidad”, explicó.
El fallo de amparo directo 6/2025 detalla que los modelos de IA se nutre de datos, aunque en diversos formatos y a gran escala, cosa diferente a los seres humanos que “incorporan experiencias, sentimientos y emociones a la capacidad inventiva”, por lo que equiparar a un ser humano con un ente artificial es erróneo.
Esta decisión no significa que el software o programas informáticos no sean susceptibles al registro ante la autoridad de derechos de autor; sin embargo, precisó que el registro de un modelo de IA no significa que los “productos” obtenidos como resultado de su empleo pasen a ser propiedad del suscriptor, sino que siguen siendo estos de dominio público.
FakeYou, un viejo conocido con una política de sitio poco útil
La plataforma FakeYou es una herramienta de IA que genera voces a partir de texto insertado por el usuario. Una nota publicada por El Universal reveló que el INE empleó dicho software para generar la voz de Pepe Lavat en sus spots. Paréntesis localizó al órgano autónomo en búsqueda de una confirmación pero, al momento del cierre de esta nota, no recibió respuesta.
Pero este software no es una novedad en la disputa contra los actores de doblaje. FakeYou es, de hecho, un viejo conocido. En 2022, Mario Castañeda, voz de Gokú en Dragon Ball Z, arremetió en redes sociales en contra de la página.
“El problema no es que utilicen Text to Speech [sic]. El problema es que ni siquiera pidieron autorización, y menos están pagando por el uso de la voz”, dijo en X cuando aún era Twitter.
A las protestas de Castañeda se le unió su colega y compañero de elenco René García, voz de Vegeta. En la misma red social, dijo que no cuentan con ninguna autorización suya ni de la de Mario Castañeda para hacer uso de su voz. “Si lo hacen, según lo que leo en su página, se van a meter en un problema legal”, añadió.
Pero, ¿qué dice FakeYou sobre el uso de su herramienta? De acuerdo con su sitio oficial, su misión es “empoderar a cualquier persona para crear contenido de larga duración desde” y sin la necesidad de capital institucional, grandes equipos ni reserva de talento “altamente especializado”.
Al ahondar en sus términos y condiciones, uno encuentra que en la lista de actividades prohibidas dentro de la página figuran 2 acciones particulares. Por un lado, prohíbe el uso de FakeYou para fines comerciales y lo limita a personales. Por el otro, exige que los usuarios no lo utilicen “para hacerse pasar por otras personas sin etiquetar los resultados como parodia”.
Además, al hablar sobre las contribuciones generadas por los usuarios, pues estos pueden subir los materiales necesarios para generar una voz, el sitio les exige a que cuenten con las licencias, derechos, consentimientos, autorizaciones y permisos para usar y autorizar a FakeYou, así como otros usuarios, para usar sus contribuciones.
Asimismo, en ambos apartados refieren a prohibiciones a la violación de leyes locales aplicables. Sin embargo, su jurisprudencia actual únicamente aplica a las leyes del estado de Georgia, en los Estados Unidos.
¿Qué ayuda brinda FakeYou? Poca realmente. Aunado a su marco legal, dice que, aunque respeta los derechos de propiedad intelectual de terceros, sólo ofrece el servicio de notificación a los administradores, los cuales enviarán una copia de la queja a la persona que publicó el material mencionado.
Con esta situación, México forma parte de la carrera internacional por generar un marco legal para regular la Inteligencia Artificial y a pesar de los antecedentes recientes respecto al tema y propuestas de ley, el camino aún será largo.
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