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Prohíben a Donald Trump bloquear a usuarios de Twitter


De hacerlo, el mandatario estaría violando la Constitución de los Estados Unidos.

por: Redacción Paréntesis Redacción Paréntesis

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El presidente Donald Trump no puede bloquear a sus críticos en Twitter, de lo contrario, estaría violando la Constitución de los Estados Unidos, dictaminó un tribunal federal de apelaciones este martes. 

 

 

Las autoridades indicaron que debido a que el mandatario usa la plataforma para dar información sobre las decisiones de su gobierno, no puede excluir a los norteamericanos de leer sus publicaciones, incluidos sus opositores. 

 

El juez Barrington D. Parker expresó que la Primera Enmienda prohíbe que un funcionario que usa una cuenta de redes sociales, para propósitos gubernamentales, excluya a la gente de un “diálogo abierto en línea”.

 

Jameel Jaffer, director de Knight First Amendment Institute en la Columbia University —el cual representa legalmente a un grupo de usuarios de Twitter bloqueados por Trump—, indicó que el dictamen asegurará que las personas no sean excluidas de las redes por sus puntos de vista. 

 

“También asegurará la integridad y la vitalidad de los espacios digitales, cada vez más importantes para nuestra democracia”, agregó. 

 

La cuenta oficial de Trump en Twitter, @realDonaldTrump, tiene cerca de 62 millones de seguidores, y no es un secreto que el mandatario la usa con vehemencia para defender sus posturas e inclinaciones políticas. 

 

Como justificación para bloquear a algunos usuarios, el equipo legal del presidente argumentó en su momento que él manejaba la cuenta a título personal, por lo que tenía el derecho de bloquear a quien quisiera por cualquier razón. 

 

El tribunal federal de apelaciones, sin embargo, afirmó que claramente estaba actuando con fines políticos en su perfil de Twitter. Por el momento, el Departamento de Justicia de Estados Unidos no ha dado una respuesta oficial sobre la dictaminación. 

 

En México sucede lo mismo, de acuerdo con una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los servidores públicos no pueden bloquear a usuarios en redes sociales, ya que éstos tienen libertad de acceso a la información. 

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