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¡Echan paro a empresas! Jueces frenan órdenes para quitar cableado aéreo en México


Esta medida pretende que se proteja a la empresa mientras se resuelve el juicio, es decir, mientras se decida si esa orden municipal es válida o no.

por: Carlos Daniel Martínez Carlos Daniel Martínez

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Una jurisprudencia ha puesto un freno a la remoción de cableado aéreo de empresas de telecomunicaciones, radiodifusión o transmisión de electricidad, por lo que jueces no podrán solicitar su retiro.

El diario Reforma informó este lunes que el Pleno Regional especializado en Competencia Económica y Telecomunicaciones estableció el pasado 28 de febrero que los juzgadores deben conceder las suspensiones emitidas para que las empresas de dichas áreas no sean obligadas a retirar sus cables mientras se tramitan los amparos respectivos

¿Esto qué quiere decir? Que la jurisprudencia no prohíbe a los municipios que den órdenes para el retiro de los cables; sin embargo, si una empresa no está de acuerdo y presenta un amparo, los jueces están obligados a suspender temporalmente la orden.

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Esta medida pretende que se proteja a la empresa mientras se resuelve el juicio, es decir, mientras se decida si esa orden municipal es válida o no. Además, dicha orden aplica para los reglamentos municipales de todo el país en donde se establece el retiro progresivo de cables aéreos por uno subterráneo.

La aprobación la realizaron los magistrados Carlos Alberto Zerpa y Silvia Cerón, mientras que Francisco García Sandoval votó en contra.

“Permitir que convivan los tendidos aéreos y los subterráneos no causa un perjuicio a la sociedad en mayor medida del que podría ocasionarse a las peticionarias de amparo, porque sólo se difiere en el tiempo la obligación de erradicar el cableado aéreo”, declaró el fallo.

En 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que eran inconstitucionales las reglas que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) había establecido en 2018 —antes de su desaparición en marzo pasado—, las cuales permitían a empresas de telecomunicaciones utilizar la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), imponiéndoles además un cobro de 6 mil 544 pesos por cada kilo de cable suspendido en los postes.

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