Si eres de los que en su grupo de WhatsApp distribuye el 'pack' o publicas los videos íntimos de sus parejas sin su consentimiento, pronto tendrás tu merecido.
Y es que esta semana el Congreso de la Ciudad de México aprobó la Ley Olimpia, la cual castigará con cuatro a seis años de cárcel a quienes compartan imágenes íntimas y con contenido sexual de otra persona, sin su consentimiento.
Además serán acreedores a una multa económica que irá de las 500 a las mil Unidades de Medida y Actualización, es decir, de los 42 mil 245 a los 84 mil 490 pesos.
Cabe señalar que la pena se agravará cuando la víctima sea un familiar o tenga una relación de noviazgo, matrimonio o laboral con el victimario.
Por último, se estableció además que se darán de cuatro a seis años a aquellas personas que requieran a menores participar en imágenes de contenido sexual.
La Ley Olimpia se aprobó en Ciudad de México, Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
¿Cuál es el antecedente?
En 2012, Olimpia Coral Melo grabó un video íntimo con su entonces pareja. Meses después, ese contenido saldría a la luz en redes sociales, sin su consentimiento. Coral Melo pasó mucho tiempo afrontando burlas e insultos, incluso trató de suicidarse en tres ocasiones.
Dos años después, logró fundar el Frente Nacional para la Sororidad y elaboró una ley para enviar a la cárcel a los responsables de subir a internet imágenes, videos y audios de contenido sexual difundidos sin consentimiento, ahora es conocida como la Ley Olimpia. En 2018, el Congreso de Puebla aprobó dicha ley.
La Ley Olimpia define a la violencia digital como: Actos de acoso, hostigamiento, amenazas, vulneración de datos e información privada. De igual forma, la difusión de contenido sexual (fotos, video, audios) sin consentimiento a través de redes sociales que atente contra la integridad, libertad, la vida privada o vulnere algún derecho humano de las mujeres.
La Ley Olimpia implica tres reformas:
—Reconocer los delitos contra la intimidad, es decir, la difusión de contenido íntimo sin consentimiento.
—Reconocer el ciberacoso, el delito que genera violencia sexual en internet.
—La Ley de Acceso que servirá para generar consciencia entre las instituciones sobre los derechos sexuales, la violencia digital y su difusión de esta entre los ciudadanos.